Verificar las cookies de una web: principales aspectos técnicos y legales

Desde el 30 de marzo del año 2012 está vigente una nueva normativa que afecta al uso de cookies. Se trata del Real Decreto-ley 13/2012, que adapta la Directiva Europea 2009/136/CE de Privacidad al ordenamiento jurídico español y que modificó el artículo 22.2 de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI) estableciendo nuevas exigencias en esta materia. Teniendo en cuenta que mediante el uso de dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos (cookies), los prestadores de servicios obtienen datos relacionados con los usuarios que luego se podrán utilizar para prestar otros servicios, es necesario que exista un sistema que permita que el usuario sea consciente de su instalación y finalidad. Por ello, es fundamental que los editores web estén al tanto de los principales aspectos técnicos y legales a la hora de revisar las cookies de su web para poder cumplir con la regulación vigente y ofrecer así al usuario las opciones correctas.

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Como se explica en la “Guía sobre el uso de las cookies”, elaborada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y Autocontrol, junto con las principales asociaciones del sector (Adigital e IAB Spain), existen dos obligaciones legales fundamentales impuestas por la nueva normativa: el deber de informar al usuario sobre el uso de cookies y el deber de obtener su consentimiento informado. La información para el usuario acerca de las cookies que se instalan cuando accede a una web debe ser clara y muy completa, de modo que éste comprenda perfectamente cuál es su finalidad y para qué se va a utilizar la información que las cookies recojan.

También es importante tener en cuenta aspectos como dónde y de qué modo debe mostrarse dicha información y hacerla disponible de forma accesible y permanente, aspectos para los que la Guía ofrece algunos ejemplos ilustrativos.

Asimismo, la nueva regulación comunitaria y nacional requiere la obtención de un consentimiento informado con el fin de asegurar que los usuarios son conscientes del uso de sus datos y las finalidades para las que son utilizados. Este consentimiento se puede obtener por distintas vías (por ejemplo, se pueden usar fórmulas expresas, como hacer clic en un apartado el que el usuario pueda indicar “acepto” o “consiento”, o inferirlo de una acción concreta realizada por el usuario, siempre y cuando éste cuente con información clara y accesible sobre el uso que se va a dar a la información recogida por las cookies, en cuyo caso se interpretará esa conducta como prestación del consentimiento). En este sentido, es fundamental entender que la mera inactividad del usuario no implica la prestación del consentimiento por sí misma.

Por otra parte, la AEPD recomienda a los editores revisar el uso de cookies en sus páginas web y verificar que se adecuan a los contenidos de la Guía.

Fuente: Ticbeat

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