México, primera democracia occidental que legisla contra la libertad en internet

Aplausos, bancadas puestas en pie y mucho alborozo en la Cámara de Diputados. La sesión acaba de aprobar, por 340 votos a favor y 129 en contra, una reforma constitucional única: la que permite, por primera vez en un país occidental y en plena democracia, atenazar la neutralidad, el libre flujo de información y el anonimato en internet, y tejer una red de control masivo a través de los dispositivos móviles de millones de usuarios sin que exista una orden judicial previa. Un precedente histórico que muestra a los Gobiernos democráticos de todo el mundo los mecanismos legales para domesticar a la disidencia sin necesidad de ser China, Rusia o Siria.

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El cúmulo de ambigüedades y omisiones en la nueva Ley de Telecomunicaciones de México, aprobada primero por el Senado y luego por la Cámara de Diputados en tiempo récord, ha puesto los pelos de punta a usuarios, activistas y expertos por igual. La principal bondad de la reforma es que beneficiará al bolsillo de los usuarios de telefonía al romper el cuasi monopolio de América Móvil, propiedad del magnate Carlos Slim, eliminando sobrecostes en las llamadas de larga distancia y roaming a lo ancho de la república. Pero tras esa zanahoria se esconde un palo enorme que podría ir fácilmente dirigido contra activistas políticos y sociales, periodistas incómodos, miembros destacados de la oposición o cualquier persona o grupo que amenace a los órganos de poder.

La pelota está ahora en el tejado del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL), ente autónomo encargado de mediar sobre la materia y que en los próximos meses tendrá que valorar, e invalidar si es preciso, los preceptos más polémicos de la ley. Algunos de los siguientes conceptos podrían marcar el futuro de internet y las comunicaciones móviles en un creciente número de países en desarrollo, particularmente aquellos marcados por la violencia y la inestabilidad política.

Geolocalización

Según el artículo 190 de la ley, los “concesionarios de telecomunicaciones” deberán “colaborar con las instancias de seguridad en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos de comunicación móvil”. Eso permitirá rastrear a secuestradores, extorsionadores y narcotraficantes. Pero al no necesitar la firma de un juez, podrá ser usado de manera arbitraria por Gobierno y fuerzas de seguridad.

La reforma permite, por primera vez en un país occidental, atenazar la neutralidad, el libre flujo de información en internet, y tejer una red de control masivo a través de los dispositivos móviles de millones de usuarios sin una orden judicial previa

“Es una medida altamente invasiva (…), por eso durante meses se ha propuesto establecer los controles básicos que existen en cualquier democracia. La negativa del Ejecutivo nos genera la preocupación de que la intención al incorporar este tipo de figuras en la ley no es tratar de combatir la delincuencia, sino utilizar esas herramientas para el control político u otras razones”, denuncia a El Confidencial Luis Fernando García, abogado de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (RED). “Además, no es poco común, como ha sido denunciado muchas veces, que en México sean las instancias de seguridad las que están coludidas con el crimen organizado, por lo que dar esta herramienta como cheque en blanco, sin control judicial, sin tener siquiera que reunir cuentas ante el afectado, puede ir en contra de la seguridad de las personas”, prosigue.

Por su parte, Aleida Calleja, coordinadora del Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (Observacom) cita el caso de Perú como un sencillo ejemplo de eficiencia a la hora utilizar la geolocalización en la lucha contra el crimen organizado: “Cinco meses atrás, ese país emitió una normativa para que haya un miembro del Poder Judicial pendiente sólo de estos casos y pueda emitir la orden de geolocalización en un máximo de 24 horas”. Pero en México, tan preocupados deberán estar desde ahora los secuestradores como los disidentes. “Por medidas menos graves, el Tribunal Europeo determinó su invalidez, ya que tiene repercusiones en los derechos humanos y se ha demostrado que los Gobiernos lo utilizan más para vigilar a la oposición que para luchar contra el delito en Europa”, explica Calleja.

Retención de datos

La nueva ley establece que, para “colaborar con la Justicia”, los proveedores de internet deberán almacenar los datos de todos usuarios durante 24 meses. En los 12 primeros meses los organismos de seguridad podrán acceder a ellos en tiempo real, y de nuevo sin que medie una orden judicial. “Estos metadatos revelan patrones de movimiento y de comunicación, el estado de salud, las preferencias políticas o sexuales. Datos que queremos fuera del alcance del control del Estado. Es una clara violación al derecho de privacidad”, indica el abogado de RED.

‘Estos metadatos revelan patrones de movimiento y de comunicación, el estado de salud, las preferencias políticas o sexuales. Datos que queremos fuera del alcance del control del Estado. Es una clara violación al derecho de privacidad’, indica el abogado de REDOrigen y destino de la comunicación, hora y duración, identificación de los usuarios… todos los detalles quedarán registrados durante dos años. “No se establece claramente quién va a acceder a esos datos, y eso abre la posibilidad de que se cometan graves violaciones a los derechos más elementales en un país que tiene un muy alto número de periodistas y defensores de los derechos humanos asesinados y agredidos; y, por otro lado, puede ser utilizado para asfixiar a la oposición política, ya que instancias como el CISEN (oficina de inteligencia) tendrán esas herramientas sin control judicial”, advierte la coordinadora de Observacom.

“Este es el punto más grave”, explica a este diario María Elena Meneses, coordinadora de la cátedra Sociedad de la Información en el Tecnológico de Monterrey. “Se viola la privacidad de las personas, aunque afortunadamente se matizó la ley y sí se garantiza que las comunicaciones serán ‘inviolables’, por lo que será necesaria una notificación judicial para acceder a los contenidos (texto de los e-mails o conversaciones telefónicas). Sin embargo, en un país como México, en el que todavía no existe una cultura de respeto a las bases de datos, es motivo de preocupación”.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea también consideró recientemente que la retención de datos es incompatible con el derecho a la privacidad, y fue declarada inválida por ser masiva e indiscriminada. Sólo permite conservar los datos del equipo y la dirección IP.

Bloqueo de señal

La ley establece la suspensión inmediata del servicio de telefonía cuando así lo instruya la autoridad competente para hacer cesar la comisión de delitos”, dejando en manos de la autoridad el apagón total e indiscriminado en un área concreta. Por ejemplo, el lugar de una manifestación. Y una vez más, sin orden judicial y sin que quede claro qué delitos están sujetos a bloqueo de la señal telefónica, más allá de ser inhibida en centros penitenciarios, desde donde es habitual que los presos continúen extorsionando o manejando los hilos del narcotráfico a través de teléfonos móviles.

La ley establece la ‘suspensión inmediata del servicio de telefonía cuando así lo instruya la autoridad competente para hacer cesar la comisión de delitos’, dejando en manos de la autoridad el apagón total e indiscriminado en un área concreta“Es particularmente preocupante en el contexto de protesta social, que en los últimos dos años ha sido un derecho bastante golpeado en México. El Estado se estaría arrogando facultades para suprimir protestas, para impedir la labor periodística, para impedir la documentación de violaciones de derechos humanos, en definitiva medidas propias de regímenes autoritarios que ya fueron aplicadas por Egipto durante la primavera árabe”, considera García.

Por su parte, la coordinadora del Observacom advierte: “Lo hemos dicho durante todo este tiempo: el bloqueo de señal de teléfono, aquí y en China, se llama censura si no tiene controles judiciales. Está claro que el país vive un grave problema de seguridad, pero deben existir salvaguardas, como la posibilidad de que exista una instancia independiente que verifique cuántas órdenes judiciales se emiten, para qué tipo de delitos y qué instancia gubernamental las solicita”. Es más, la nueva ley establece que, si un proveedor de telefonía se niega a cortar la señal, podría enfrentarse a responsabilidades criminales.

Neutralidad de la red

El nuevo reglamento no garantiza la neutralidad de internet en México. Se trata de un principio por el cual el tráfico de datos es igual para todos, sin discriminación, sea cual sea el tipo de paquete, protocolo o contenido. Así, la velocidad de descarga de datos en una página antisistema gozará del mismo tratamiento que la de una empresa multinacional. Sin embargo, el hecho de permitir que un proveedor de internet pueda discriminar el tráfico online con criterios comerciales, como se atisba en la ley, permitiría por ejemplo que dicha multinacional, previo pago, dispusiera de un ancho de banda muy superior al que puede permitirse una página web alternativa. O un Gobierno, si fuera el caso, podría limitar la tasa de datos de aquellas webs con contenidos incómodos, al punto de que se necesitarían varios minutos para acceder a ella, como en el internet de los 90.

“El hecho de que los proveedores de servicios de telecomunicaciones puedan ofrecer paquetes diferenciados es preocupante, ya que puede crear usuarios de primera, de segunda y hasta de tercera según su capacidad económica. La pérdida de la neutralidad sólo podría quedar amortiguada si el Gobierno garantiza el acceso a internet a los más pobres, tal como plantea el programa México Conectado, que prevé llevar internet a 250.000 espacios públicos. Tendremos que estar muy pendientes de que se cumpla ese programa”, valora la académica del Tecnológico de Monterrey.

En EEUU existe actualmente un debate acerca de la neutralidad, en el que las grandes compañías y concesionarias de internet están tratando de proveer una vía rápida de acceso a aquellos que paguen más al proveedor. Por ejemplo, las plataformas de pago por visiónEn Estados Unidos existe actualmente un debate acerca de la neutralidad, en el que las grandes compañías y concesionarias de internet están tratando de proveer una vía rápida de acceso a aquellos que paguen más al proveedor. Por ejemplo, las plataformas de pago por visión. La Unión Europea o países como Chile garantizan por ley, a día de hoy, la neutralidad de la red.

“Definitivamente, esta reforma tiene doble dedicatoria. Por un lado, el crimen organizado, y por el otro, la disidencia. Es una ley preocupante, pero hay que esperar qué dice el IFETEL y ver si reafirma su carácter autónomo antes de tomar una valoración. Afortunadamente, México hoy no es el mismo que el de los 80, hay generaciones de internautas bien formadas, y no creo que el IFETEL y los partidos políticos de la oposición se pongan en contra de los ciudadanos en una situación tan crítica”, concluye Meneses. El abogado de RED también mantiene cierta cautela, ya que una vez promulgada la Ley de Telecomunicaciones se abrirá un período de 30 días para impugnar aquellos contenidos inconstitucionales ante la Suprema Corte.

No es el primer indicio que ha dado este Gobierno de que está tomando pasos hacia una gestión autoritaria”, considera García. “Ya ha habido casos de censura de páginas críticas con el Gobierno y hay un historial de represión a la protesta social. Estamos viendo el regreso que se temía a las prácticas del régimen que gobernó este país durante 70 años de manera autoritaria y que ahora está sofisticando sus métodos de control a costa de las estructuras democráticas del pueblo mexicano”. Por su parte, la coordinadora de Observacom también considera la reforma una “regresión” en cuanto a derechos digitales. “Es la clásica estrategia del gatopardo, cambiarlo todo para que nada cambie”.

Fuente: El confidencial

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