Multan a un gimnasio sevillano por exhibir fotos de los socios y facilitar sus datos

Mostraba las imágenes en el vestíbulo del establecimiento sin el consentimiento de los clientes

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 La Agencia de Protección de Datos ha sancionado con una multa de 3.500 euros a la empresa Persavi Sport, que explota el gimnasio Sato Sport de Santa Justa, por dos infracciones graves de la Ley de Protección de Datos al usar cámaras en el vestíbulo del establecimiento en el que se exhibían las fotografías de las personas que accedían al edificio y permanecían a la vista de los presentes hasta la entrada del siguiente socio.

El 8 de abril de 2014, un socio del citado gimnasio presentó una denuncia en la Agencia de Protección de Datos comunicando que se habían colocado monitores donde aparecían fotografías de los clientes que acceden a las instalaciones, «estando dichas fotografías a la vista de todas las personas que se encuentran en el hall de entrada». El socio aseguraba que no se había informado en ningún momento a los clientes de esos monitores y que el responsable del gimnasio facilitaba información de los socios a los monitores que prestaban sus servicios allí y que trabajaban como entrenadores personales. Asimismo, solicitó la cancelación de sus datos para que no fuera utilizada su fotografía pero aseguró que no se le dio respuesta alguna.

El gimnasio, que lleva en funcionamiento más de diez años —antes con la denominación social de Pérez Sánchez y Villalba—, cuenta con seis plantas y tiene instalado desde 2007 un sistema de videovigilancia con 16 cámaras en diferentes recintos para garantizar la seguridad en la piscina, la sala de squash, el spa, la recepción, la cafetería, la recepción del centro médico, la sala de cardio, la zona de pádel, la sala de spinning y otras salas de actividades múltiples. En la inspección se constató que no existían cámara en vestuarios ni en el exterior del edificio y que había carteles en el interior del inmueble anunciando sus cámaras de videovigilancia.

En cuanto a los monitores de recepción donde se muestra la fotografía del socio que accede a las instalaciones, la empresa alegó que existen desde el principio, aunque en 2013 se colocaron dos monitores para un mejor control de las personas cuando había masificación en la entrada. Persavi Sport aseguró que sólo uno de esos monitores solía estar activo, visualizándose en ellos las fotografías de las ocho últimas personas que habían accedido. «La finalidad del sistema es evitar que accedan a las instalaciones personas que no son socios utilizando el carnet de un socio», subrayó la empresa, que aseguró que junto a la imagen no se visualizaba el nombre del socio.

Para la Agencia de Protección de Datos quedó acreditado que la empresa usó cámaras de videovigilancia que mostraban imágenes de los socios que acceden al establecimiento mediante unos monitores ubicados en la entrada del mismo «de forma inadecuada y excesiva, sin contar con el consentimiento de los afectados para el tratamiento de sus datos personales». Por otra parte, quedó acreditado que la empresa «cedió los datos personales relativos a nombres, apellidos y teléfono de los socios de su entidad a la empresa externa Ensa Sport, a fin de que los entrenadores de la entidad les pudieran ofrecer promociones sobre sus servicios».

Por todo ello, la agencia impuso a la sociedad una multa de 2.500 euros por infracción grave del artículo 6.1 de la Ley de Protección de Datos, considerada grave, que establece que «el tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa». Asimismo, considera que hubo una infracción grave del artículo 11.1 de esa normativa, que señala que «los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado».

Fuente: belt

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